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Con minería en Las Crucitas, Costa Rica viola derecho internacional
24 de Setiembre de 2008
San José (NP) Si el Estado de Costa Rica sigue con el proyecto de explotación minera a cielo abierto en Las Crucitas, próximo al internacional río
San Juan, divisorio con Nicaragua, estará violando el Derecho Internacional.
Así lo advierte un estudio jurídico y ambiental elaborado por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), que será sometido a
discusión este jueves en la Universidad de Costa Rica en un Foro Público, a celebrarse en la Facultad de Derecho, organizado por la Asociación de
Estudiantes de Derecho (UCR).
El proyecto será operado por la empresa canadiense Infinito Gold Ltd., a quién fue otorgada la licencia el 17 de marzo de 2008, pretende ubicarse
en el cantón de San Carlos, provincia Alajuela.
De la información existente se concluye que el Proyecto explotará más de 300 hectáreas en los Cerros La Fortuna y Botija, que son bosque primario
y secundario.
La empresa espera explotar un millón de onzas de oro en roca dura de un tajo a cielo abierto de 85 metros de profundidad, y a pocos kilómetros del
río San Juan.
El caso será expuesto este jueves por la Jefa del Área Legal de la AIDA, Astrid Puentes Riaño, connotada jurista colombiana, quien explicará las
reglas del derecho, “ya no nacionales, sino internacionales que violenta Costa Rica de seguir empecinada en llevar a cabo este proyecto”.
El estudio
El análisis, denominado “Proyecto Minero Crucitas: Violaciones al derecho internacional y posibles impactos ambientales”, asegura que Costa Rica
puede enfrentar una posible demanda millonaria por parte de Nicaragua ante un tribunal internacional.
La Cancillería de Costa Rica afirma que al existir siete minas en Nicaragua, nuestro país tiene derecho a explotar también una a este lado del río San
Juan, que poco se adecua a las exigencias del Principio 2 de la Declaración de Rio con rango de regla consuetudinaria en derecho internacional
público, según el análisis.
Aida asegura que “si el Gobierno de Costa Rica permite el desarrollo del Proyecto Minero Crucitas se violaría el derecho internacional aplicable,
particularmente: el principio de prevención, la obligación de no contaminar los territorios de otras soberanías, la obligación del Estado de informar a
otros Estados (en este caso Nicaragua), de los posibles impactos que una actividad puede tener sobre su jurisdicción, el principio de precaución 63,
la importancia fundamental de mitigar impactos negativos de la minería e informar y consultar al público en la toma de decisiones ambientales”.
Además, “al aprobar el Proyecto Minero Crucitas, sin mejorar la capacidad técnica del gobierno para controlar los proyectos mineros, se corre el
riesgo de repetir los mismos errores dañinos de revisión y aprobación del Proyecto que resultaron en el desastre ambiental del Proyecto Minero
Bellavista”, Miramar de Puntarenas, que ya colapsó.
La organización no gubernamental pide al gobierno de Costa Rica que “reconsidere la autorización del Proyecto Minero Las Crucitas, y suspenda
su avance” hasta que tome una serie de medidas.
Entre esas medidas, se encuentra la publicación de los estudios de impacto ambiental y planes de manejo, monitoreo y supervisión en las páginas
web de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) y de la misma empresa. Esto es indispensable para facilitar la revisión transparente por
expertos independientes y por parte del público, en ejercicio de su derecho a participar en los procesos de consulta ambiental”.
La segunda es “una evaluación del estudio de impacto ambiental y social y los planes de manejo por parte de técnicos objetivos e independientes
con amplia experiencia en la evaluación de proyectos mineros similares”.
Otra es “la realización de una serie de consultas públicas a nivel nacional y local en las cuales las autoridades respondan formalmente a las
preocupaciones de la sociedad civil y las personas afectadas, e incorporen sus demandas en la decisión de aprobar o no el Proyecto Minero
Crucitas”.
Además, como mínimo, se debe responder formalmente a las preocupaciones ya articuladas por la sociedad civil, entre ellas la falta de capacidad
técnica de las autoridades para controlar estas actividades, que se evidenció con la aprobación deficiente del Proyecto Minero Bellavista y el
resultante desastre ambiental.
Un aspecto importante, según el análisis, es el riesgo de contaminación del Río San Juan y del territorio nicaragüense, la posible destrucción de las
tierras agrícolas y ecosistemas nativos, el riesgo de contaminación tóxica por emisiones de plomo, arsénico, mercurio y polvo.
Precaución
Explica que en cuanto al principio de precaución en materia ambiental se distingue del principio de prevención, porque el primero ordena tomar
medidas que reduzcan la posibilidad de sufrir una catástrofe ecológica, a pesar de que se ignore la probabilidad precisa de que ésta ocurra,
mientras que el principio de prevención obliga a tomar medidas dado que se conoce la frecuencia relativa de un evento catastrófico o puede
calcularse el riesgo de alguna otra manera.
El principio de "precaución" o también llamado "de cautela" exige la adopción de medias de protección antes que se produzca realmente el deterioro
del medio ambiente, operando ante la amenaza a la salud o al medio ambiente y la falta de certeza científica sobre sus causas y efectos.
Sobre los impactos negativos a la economía local y la salud humana, resalta la falta de planes de manejo y monitoreo riguroso e independiente que
aseguren un buen manejo del Proyecto Minero Las Crucitas durante su vida y después de su cierre.
Recomienda que sólo con estas medidas se puede empezar a considerar que el Proyecto Minero Crucitas no corre el riesgo de destruir el medio
ambiente, generando daños irreversibles, afectando la salud de las personas de la región.
Al mismo tiempo, asegura que con tales acciones quedaría demostrado que el Estado costarricense respeta el derecho ambiental internacional.
Entre otras cosas, afirma que las autoridades costarricenses no han considerado las normas internacionales de transparencia y acceso libre a la
información que asegura un público informado, así como la obligación de informar a otros Estados, que puedan verse afectados con la actividad,
Nicaragua en este caso.




INFORMACIÓN INTERNACIONAL:
1- A éste tirano lo único que le interesa es beneficiar a los millonarios,y, extremadammente lejos de ser un amigo del pueblo costarricense - clase media, clase pobre, clase muy pobre, clase extremadamente pobre y clase que vive en la miseria, que en otrora, creyendo que era para gobernar para toda Costa Rica, políticamente le apoyó incondicionalmente, es un enemigo acérrimo Gerardo
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2- Excelente articulo que evidencia nuevamente la irresponsabilidad ambiental de "Paz (no será Guerra?)con la Naturaleza: no es posible que expongan de esta manera a Costa Rica ante el mundo, con un reclamo internacional millonario de Nicaragua por... atentar contra su ambiente y el Rio San Juan. Jose Cerdas, San Pedro M de Oca
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3- Es necesario tomar serias medidas para la proteccion de los RRNN sin importar la linea imaginaria de las fronteras el mundo se apaga a paso acelerados por nuestras irreponsabilidades Carlos. Nicaragua
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